Accidentes laborales
Un accidente de trabajo tiene más recorrido del que parece
Reclamación de incapacidades, recargo de prestaciones por falta de medidas de seguridad y responsabilidad empresarial tras un accidente de trabajo.
En qué consiste
Un accidente de trabajo no termina con el parte médico. Si la empresa no cumplió con sus obligaciones de prevención de riesgos, además de la prestación de la Seguridad Social, puedes tener derecho a un recargo sobre esa prestación y a una indemnización adicional por los daños y perjuicios sufridos. Muchas de estas vías no se activan solas: hay que reclamarlas.
Qué puedes reclamar
Recargo de prestaciones
Entre un 30% y un 50% adicional sobre la prestación de la Seguridad Social cuando el accidente se debe a la falta de medidas de seguridad. Lo paga la empresa, no la mutua.
Indemnización por daños y perjuicios
Compensación adicional por las lesiones, secuelas y el daño moral sufrido, compatible con la prestación de la Seguridad Social y el recargo.
Incapacidad temporal
Prestación durante la baja médica derivada del accidente, con un porcentaje superior al de la baja por enfermedad común.
Incapacidad permanente
Si las secuelas reducen tu capacidad de trabajo de forma definitiva, en sus distintos grados: parcial, total, absoluta o gran invalidez.
También se considera accidente de trabajo el que ocurre in itínere, es decir, en el trayecto habitual entre tu domicilio y el centro de trabajo.
Cómo te ayudo
- Reviso el parte de accidente y la investigación realizada para determinar si hubo incumplimiento de las medidas de prevención.
- Reclamo el recargo de prestaciones ante el INSS cuando hay responsabilidad empresarial.
- Tramito la incapacidad permanente si las secuelas lo justifican, y recurro las resoluciones que infravaloran el grado real.
- Reclamo la indemnización adicional por daños y perjuicios ante la vía social o civil, según el caso.
Plazo de reclamación: el recargo de prestaciones y la indemnización por daños y perjuicios prescriben, con carácter general, al año desde que se conocen las secuelas definitivas.
Preguntas frecuentes
¿Qué es exactamente el recargo de prestaciones?
Es un incremento de entre el 30% y el 50% sobre todas las prestaciones derivadas del accidente, que paga directamente la empresa, como sanción por no haber cumplido sus obligaciones de seguridad y salud.
¿Un accidente de camino al trabajo cuenta como accidente laboral?
Sí, se considera accidente in itínere si ocurre en el trayecto habitual entre tu domicilio y el centro de trabajo, sin desviaciones significativas por motivos personales.
¿Puedo reclamar aunque ya haya cobrado la prestación de la Seguridad Social?
Sí. El recargo de prestaciones y la indemnización por daños y perjuicios son compatibles con la prestación ya percibida, y se reclaman de forma independiente.
¿Has sufrido un accidente de trabajo?
Reviso tu caso y te digo qué puedes reclamar, con claridad y sin tecnicismos.
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