Deudas salariales

Si no te pagan, no es un favor: es tu dinero

Reclamación de salarios impagados, atrasos y liquidaciones pendientes, por la vía extrajudicial o ante el Juzgado de lo Social.

En qué consiste

Salarios que llegan tarde, nóminas incompletas, pagas extra que no se abonan, liquidaciones mal calculadas al salir de la empresa. No es un problema menor: es dinero que te corresponde y que la ley te permite reclamar, con intereses incluidos si el retraso se prolonga. Cuanto antes se reclame, menos margen tiene la empresa para diluir la deuda.

Cómo se reclama

  • Requerimiento a la empresa

    En muchos casos, una reclamación formal y bien documentada resuelve la deuda sin necesidad de ir más allá.

  • Papeleta de conciliación

    Paso obligatorio antes de demandar, ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC).

  • Demanda de cantidad

    Si no hay acuerdo, se presenta la demanda ante el Juzgado de lo Social, reclamando el principal más el interés por mora.

  • FOGASA, si procede

    Si la empresa es insolvente o está en concurso, el Fondo de Garantía Salarial puede asumir el pago de una parte de la deuda.

Interés por mora: el retraso en el pago del salario genera un interés del 10% anual sobre la cantidad adeudada, además de la deuda principal.

Cómo te ayudo

  • Reviso nóminas y contratos para calcular con exactitud lo que se te debe, incluidos atrasos y complementos.
  • Presento la reclamación, desde el requerimiento inicial hasta la demanda ante el Juzgado de lo Social.
  • Gestiono la vía del FOGASA cuando la empresa no puede hacer frente al pago.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar un salario impagado?

El plazo general de prescripción de las deudas salariales es de un año desde que la cantidad debió pagarse. Pasado ese plazo, el derecho a reclamar esa mensualidad concreta se pierde.

¿Qué es el FOGASA?

El Fondo de Garantía Salarial es un organismo público que abona, con ciertos límites, los salarios pendientes cuando la empresa es declarada insolvente o entra en concurso de acreedores.

¿Puedo reclamar y seguir trabajando en la empresa?

Sí. Reclamar una deuda salarial no es causa de despido, y si la empresa toma represalias por ello, esa actuación también puede impugnarse.

¿No te pagan lo que te corresponde?

Calculo lo que se te debe y reclamo por la vía más rápida posible.

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