Despidos y sanciones

¿Te han despedido? Sabe primero qué te corresponde.

Analizo la carta de despido, calculo la indemnización real y negocio o llevo tu caso a juicio si hace falta llegar hasta el final. Para trabajadores y para empresas.

En qué consiste

Un despido no siempre es legal, y no todos valen lo mismo. La diferencia entre un despido procedente, improcedente o nulo puede suponer varios miles de euros y, en algunos casos, la obligación de readmitirte. Llevo treinta años revisando cartas de despido, y sé dónde suelen estar los defectos que las empresas cometen: causas mal acreditadas, plazos incumplidos, cálculos de indemnización a la baja.

Mi trabajo empieza siempre igual: leo tu caso a fondo antes de decirte nada, y te explico con claridad qué opciones tienes y qué es realista esperar.

Procedente o improcedente

El resultado de un despido depende de si la empresa acredita la causa y cumple los requisitos formales. Esto es lo que cambia:

Procedente

La causa alegada queda probada y el procedimiento es correcto. No genera indemnización, salvo el despido objetivo, que da derecho a 20 días por año trabajado.

Improcedente

La causa no se acredita o hay defectos formales. Indemnización de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades.

Existe además el despido nulo, cuando vulnera derechos fundamentales o se produce en situaciones protegidas (embarazo, baja médica, ejercicio de derechos sindicales). Aquí la empresa está obligada a readmitirte y a pagar los salarios dejados de percibir.

Cómo te ayudo

  • Reviso la carta de despido y los hechos alegados para detectar defectos que refuercen tu posición.
  • Calculo la indemnización real, incluyendo todos los conceptos salariales: complementos, pagas extra prorrateadas y variables consolidadas.
  • Presento la papeleta de conciliación ante el SMAC e intento un acuerdo favorable antes de ir a juicio.
  • Te represento ante el Juzgado de lo Social si no hay acuerdo, hasta obtener la mejor resolución posible.

Tienes 20 días hábiles desde la fecha de efectos del despido para presentar la papeleta de conciliación. Es un plazo de caducidad: si pasa, el derecho a impugnar se pierde.

Preguntas frecuentes

¿Puedo cobrar el paro si me despiden?

Sí, en todos los tipos de despido reconocidos. El acceso a la prestación por desempleo no depende de si el despido es procedente o improcedente.

¿Si firmo el finiquito pierdo el derecho a reclamar?

No necesariamente. Puedes firmarlo añadiendo la expresión "no conforme", lo que te permite cobrar lo reconocido sin renunciar a reclamar la diferencia o a impugnar el despido.

¿Qué diferencia hay entre indemnización y finiquito?

El finiquito liquida cantidades pendientes: salario del último mes, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de pagas extra. La indemnización compensa la extinción del contrato. Son compatibles y deben abonarse por separado.

¿Te han despedido o necesitas despedir a alguien?

Cuéntame tu situación. Te doy una valoración clara desde la primera consulta.

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